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Condena a tres años de cárcel por estafar a su tío aprovechando su deterioro cognitivo

04/12/2024

Condena por estafa familiar de 75.000 euros en Ourense

Aprovechamiento de la vulnerabilidad del anciano

La Audiencia Provincial de Ourense, en su sección segunda, ha condenado a una mujer a tres años de prisión por estafar más de 75.000 euros a su tío octogenario, aprovechándose de su deterioro cognitivo. Según la sentencia del 22 de noviembre de 2024, la condenada utilizó su relación de confianza para controlar el patrimonio de la víctima, valiéndose de un engaño que culminó en su apoderamiento de cuentas bancarias y otros bienes.

El tribunal determinó que la conducta de la acusada encajaba en el delito de estafa continuada, conforme al artículo 248 del Código Penal, y que se agravaba por tratarse de una persona vulnerable, conforme al artículo 250. Este último prevé penas más severas en casos que impliquen abuso de confianza o perjuicio a personas en situaciones de especial desprotección.

Relación de confianza como herramienta delictiva

La sentencia describe cómo la mujer, tras el alta médica del anciano en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO), declaró ante los servicios sociales que el hombre no tenía familiares cercanos, llevándolo a vivir con ella y su esposo. De este modo, asumió el control absoluto sobre el anciano, aislándolo de su único hijo, quien residía en el extranjero.

Esta estrategia de aislamiento facilitó que, apenas días después, la acusada gestionara una serie de trámites bancarios en los que la víctima, bajo su influencia, firmó documentos clave que permitieron a la condenada disponer de sus bienes de manera unilateral.

Operaciones bancarias bajo engaño

Entre las acciones fraudulentas más destacadas, el tribunal probó que:

  1. La acusada obtuvo 25.000 euros mediante la cancelación de un depósito perteneciente a una sociedad compartida entre el anciano y su hijo.
  2. Retiró 33.254 euros adicionales de la misma sociedad, utilizando estos fondos para su beneficio personal.
  3. Consiguió que la víctima otorgara un poder notarial con amplias facultades, además de ser designada como tutora en caso de incapacidad.

Estos actos, según los magistrados, evidenciaron un patrón de abuso de confianza y manipulación, agravado por la vulnerabilidad de la víctima.

Uso indebido de recursos del afectado

Durante el tiempo que el anciano permaneció bajo su tutela, la acusada utilizó las cuentas bancarias de este para realizar reintegros de efectivo y pagos con tarjeta. En total, se probaron gastos por 16.600 euros en efectivo y 16.942,3 euros en pagos, muchos de ellos sin relación con la atención del anciano.

Incluso después de ingresar al hombre en una residencia en junio de 2020, la acusada continuó realizando movimientos financieros hasta abril de 2021. Entre estos, destaca un pago de 1.195 euros para la compra de una piscina, claramente alejado de cualquier necesidad del anciano.

Resolución y consecuencias legales

El fallo incluye la imposición de una indemnización de 76.274 euros, desglosados en 43.020 euros para el hijo del anciano y 33.254 euros para la sociedad afectada. La resolución judicial subraya que los hechos probados constituyen un abuso grave de los deberes de lealtad y diligencia inherentes a la administración de bienes ajenos.

Asimismo, la sentencia de incapacitación dictada en enero de 2021 puso fin al control de la acusada sobre el patrimonio de la víctima, revocando los poderes notariales otorgados previamente. El hijo del anciano, como tutor legal y único heredero, asumió la administración de los bienes tras el fallecimiento del octogenario en abril de 2021.

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Martinez aucejo

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