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El Juzgado de Gijón desestima demanda contra Vodafone por inclusión en registro de morosidad tras confirmarse el envío de requerimientos de pago

15/11/2024

El Tribunal ha resuelto desestimar la demanda presentada por el Sr. Óscar contra Vodafone Servicios, S.L.U., quien reclamaba una indemnización por daños y perjuicios alegando una intromisión ilegítima en su derecho al honor y la vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). La controversia se centra en la inclusión indebida del demandante en el fichero de morosos Asnef por parte de Vodafone.

Hechos del caso

Según la demanda y las respuestas de Equifax Ibérica, S.L., titular de Asnef, Vodafone cedió los datos del Sr. Óscar a dicha entidad, registrándolo como deudor por un importe de 572,62 euros desde el 19 de marzo de 2022. El demandante argumenta que esta cesión incumple la normativa de protección de datos y constituye una intromisión ilegítima en su derecho al honor, causándole daños morales que busca reparar judicialmente.

Análisis Jurídico

El Tribunal se basó en la jurisprudencia establecida, destacando que para determinar la licitud de la conducta de Vodafone es fundamental la normativa sobre protección de datos personales. Referenciando sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, se subraya que la inclusión de datos en ficheros como Asnef debe cumplir estrictamente con los principios de adecuación, pertinencia, proporcionalidad y exactitud.

El Tribunal verificó que Vodafone cumplió con los requisitos legales para la inclusión del Sr. Óscar en Asnef. Se comprobó la existencia y certeza de la deuda derivada de un contrato de servicios de telecomunicaciones firmado el 7 de octubre de 2020 y respaldado por cuatro facturas impagadas por un total de 572,62 euros entre abril y julio de 2021. Además, Vodafone envió dos requerimientos de pago previos a la inclusión en el fichero, conforme a lo estipulado en el artículo 20 de la LOPD y el Real Decreto 1720/2007.

Inclusión en un fichero de morosos

El Tribunal concluyó que Vodafone realizó los requerimientos de pago de manera adecuada, enviándolos a la dirección registrada del demandante y proporcionando certificaciones que demuestran su recepción. La jurisprudencia citada establece que los requerimientos masivos pueden ser válidos siempre que existan elementos que permitan presuponer su recepción, lo cual se cumplió en este caso.

Conclusión | Desestimada la indemnización por la inclusión en un fichero de morosos

El Tribunal determinó que Vodafone actuó conforme a la normativa vigente al incluir los datos del Sr. Óscar en Asnef, ya que se respetaron todos los procedimientos legales requeridos. No se comprobó una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante, ya que la inclusión en el fichero respondía a una deuda cierta, vencida y exigible, y se realizó conforme a la ley.

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Martinez aucejo

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