La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un Guardia Civil acusado de homicidio por imprudencia dolosa tras abatir a un hombre de 29 años con esquizofrenia paranoide en Manzanares El Real en 2020. La sentencia determina que el agente actuó en legítima defensa cuando la víctima se abalanzó sobre él con dos navajas.
Amenazas e intentos fallidos de persuadir a la víctima
Según la resolución, la víctima presentaba un episodio de descompensación mental, gritaba en la vía pública y amenazaba con navajas. Ante esta situación, llegaron múltiples patrullas de la Guardia Civil, conformando un operativo con doce agentes. Después de aproximadamente treinta minutos de intentos pacíficos por calmar al hombre, este rompió el cerco policial y comenzó a huir, lo que desató una persecución a pie por parte de los agentes. Durante la persecución, dos agentes realizaron cuatro disparos disuasorios al aire, los cuales incrementaron la agitación de la víctima.
El incidente culminó cuando la víctima, tras un giro brusco, atacó al Guardia Civil con las navajas. En respuesta, el agente efectuó dos disparos desde una distancia de aproximadamente un metro y medio, alcanzando superficialmente la cadera derecha y la pierna izquierda del hombre. Uno de los disparos provocó la ruptura de la arteria poliptea, lo que causó su fallecimiento por shock hipovolémico en el Hospital La Paz.
Calificación de los hechos como delito leve de homicidio por imprudencia menos grave
El Ministerio Público calificó el hecho como un delito leve de homicidio por imprudencia menos grave, solicitando una multa y una indemnización a la familia del fallecido. Sin embargo, la Audiencia Provincial desestimó estos argumentos, reconociendo una eximente completa de legítima defensa. Los magistrados consideraron que el uso de la fuerza por parte del agente fue proporcional y necesario para proteger su integridad física frente a una agresión inminente.
Decisión de la Audiencia Provincial | Concurría una eximente completa de legítima defensa
Durante el juicio, surgieron testimonios contradictorios. Mientras el acusado y sus compañeros aseguraron que dispararon en defensa tras ser atacados, dos testigos presenciales afirmaron que los disparos fueron efectuados por la espalda mientras la víctima huía. No obstante, el tribunal valoró los informes forenses y balísticos que respaldaron la versión del agente, indicando una mayor probabilidad de que los disparos fueran frontales y desde una distancia que corroboraba la legítima defensa.
Acción clave del forense
El forense determinó que los disparos que causaron la muerte eran compatibles con la posición y la dinámica descrita por el Guardia Civil. Además, la normativa internacional y nacional sobre el uso de la fuerza por parte de agentes de seguridad respaldó la actuación del acusado, señalando que el recurso al arma fue absolutamente necesario frente a una agresión ilegítima.