Ratificación de una condena de ocho años y medio por tentativa de asesinato en Palma de Mallorca.
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha ratificado la condena de ocho años y medio de prisión a un hombre por tentativa de asesinato, tras atacar con unas tijeras quirúrgicas al médico que lo atendía en una clínica de Palma de Mallorca. La sentencia también incluye medidas adicionales de protección para la víctima, como la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y de comunicarse con ella durante 15 años. El condenado también deberá indemnizar al médico con 8.250 euros por los daños sufridos.
El tribunal ha confirmado la decisión de la Audiencia Provincial de Baleares, la cual había condenado inicialmente al acusado, un ciudadano de la República Dominicana, por intento de asesinato. Además, la sentencia contempla la expulsión del territorio español una vez que el acusado cumpla tres cuartas partes de la condena, y le prohíbe regresar a España durante los próximos 10 años, en conformidad con lo estipulado en el artículo 89 del Código Penal, que regula la expulsión de extranjeros condenados por delitos graves.
Detalles del ataque
Los hechos ocurrieron en una sala de curas de una clínica de Palma de Mallorca, donde el acusado estaba siendo atendido por el médico agredido. El facultativo se dio cuenta de que el paciente lo estaba grabando sin su consentimiento, y al intentar apagar el dispositivo, el agresor lo atacó con unas tijeras quirúrgicas. El médico fue apuñalado en varias ocasiones en el cuello, el pecho y el hombro.
El tribunal ha resaltado la agresividad del acusado y ha considerado probada su intención de acabar con la vida del médico, basándose en el uso de las tijeras y la localización de las heridas. Este criterio coincide con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establece que el ataque con armas blancas en zonas vitales del cuerpo es un indicio claro de intención homicida.
La defensa podría haber argumentado la posibilidad de que el ataque no hubiera sido premeditado, o que hubiera habido una interrupción voluntaria por parte del acusado. Sin embargo, el tribunal ha dejado claro que la agresión no fue interrumpida voluntariamente, sino que el ataque cesó cuando la víctima consiguió arrebatar las tijeras al agresor. Este hecho implica la calificación del delito como tentativa de asesinato, descartando cualquier posibilidad de atenuación de la pena por desistimiento voluntario.
Medidas adicionales: expulsión y protección de la víctima
El tribunal ha ordenado la expulsión del condenado una vez cumplidas las tres cuartas partes de la pena privativa de libertad, aplicando el artículo 89 del Código Penal, que permite la sustitución de penas de prisión por la expulsión del territorio nacional para ciudadanos extranjeros no residentes legales.
Además, las medidas de alejamiento, que impiden al acusado acercarse a menos de 500 metros de la víctima, y la prohibición de comunicación durante 15 años, son mecanismos de protección adicionales que buscan minimizar cualquier tipo de contacto o represalia contra el médico.
Posibilidad de recurso ante el Tribunal Supremo
A pesar de la confirmación de la condena, el acusado aún tiene la posibilidad de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.