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Cárcel para estafador que prometió herencia de 9 millones de dólares inexistente

02/09/2024

Condenado a dos años de prisión por estafa relacionada con falsa herencia de 9,3 millones de dólares

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una sentencia de dos años de prisión para un hombre que engañó a una víctima haciéndole creer que había heredado 9,3 millones de dólares. En noviembre de 2018, el acusado contactó con la víctima, un ciudadano canadiense, mediante una carta en la que se hacía pasar por un abogado.

En la carta, el estafador convenció a la víctima de que era beneficiario de una falsa herencia dejada por un ciudadano fallecido en el terremoto de China de 2008. Le aseguró que, para acceder a dicha cantidad, debía aceptar la herencia. Además, indicaba que el dinero estaba depositado en una caja de seguridad en España. Sin embargo, para liberar los fondos, la víctima debía realizar varios pagos en efectivo.

Para darle credibilidad a su fraude, el acusado creó documentación falsa y abrió una cuenta bancaria en España utilizando un pasaporte falsificado. A través de esta cuenta, logró que la víctima realizara varias transferencias a distintas cuentas bancarias. La víctima llegó a perder más de 122.000 euros en total, ya que, además de las cantidades percibidas por el condenado, depositó otras cantidades en cuentas bancarias de presuntos cómplices que permanecen en paradero desconocido.

Entre los documentos falsos se incluía una declaración jurada del supuesto abogado ante el Ministerio de Justicia en España, extendida en papel de oficio, certificados emitidos por la empresa Central Safes and Vaults, SRL, y declaraciones de garantía que parecían emitidas por el Departamento Administrativo del banco BBVA. Aunque los documentos presentaban errores de formato y contenido evidentes, resultaron suficientes para convencer a la víctima de la legalidad de la operación, dada su condición de extranjero. El ciudadano canadiense desconocía el idioma y el formato oficial de los documentos judiciales en España.

El delito de estafa y falsedad documental

El acusado reconoció los hechos y aceptó los cargos por falsedad documental y estafa. La Fiscalía y la defensa llegaron a un acuerdo previo al juicio, en el que el acusado se declaró culpable. La sentencia establece que el acusado es responsable de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y oficial, previsto y penado en los artículos 390.1.30, 392 y 74 del Código Penal, en relación de concurso medial del artículo 77 con un delito de estafa previsto y penado en el artículo 248 del Código Penal.

No obstante, para la condena se consideraron dos atenuantes: dilaciones indebidas en el proceso judicial y reparación parcial del daño. Antes del juicio, el condenado depositó mil euros como parte del pago de los 5.820 euros que debe devolver a la víctima en concepto de responsabilidad civil.

Finalmente, la sentencia establece que el acusado debe devolver los 5.820 euros y cumplir la pena de dos años de prisión, aunque la cantidad total defraudada asciende a más de 122.000 euros, con otros implicados aún sin localizar. Además, deberá pagar una multa durante cuatro meses, a razón de 8 euros diarios.

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Martinez aucejo

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