Un empleado de la Hacienda de Bizkaia es sentenciado por acceso no autorizado a información fiscal
La Audiencia Provincial de Bizkaia, en su sentencia nº 173/2024, de 16 de abril, ha dictado una sentencia condenatoria contra un empleado de la Hacienda Foral de Bizkaia. El empleado ha sido condenado a una pena de prisión de 10 años y cuatro días por acceder sin permiso a datos fiscales y utilizarlos para su beneficio personal. En particular, los datos fueron utilizados en una consultoría fiscal de la que el empleado era copropietario. La sentencia no es definitiva y puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
El acusado, un funcionario público que ha trabajado para la Diputación de Bizkaia desde 1986, tenía un puesto en el Departamento de Hacienda y Finanzas, específicamente en la sección de información fiscal. El empleado utilizó su posición para acceder de manera inapropiada a datos fiscales confidenciales (de los años 2017 a 2019), creando un conflicto de interés al usar estos datos para beneficio de la consultoría fiscal. En el juicio se tuvieron en cuenta informes y testimonios de jefes de servicio que confirmaron las irregularidades cometidas por el empleado.
Las penas impuestas
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha declarado al condenado culpable de cuatro delitos de descubrimiento y divulgación de secretos por un funcionario público. Según el artículo 197.2 del Código Penal, el delito de divulgación de secretos se castiga con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. Sin embargo, si el delito es cometido por un funcionario público, la pena se incrementa, además de una pena de inhabilitación absoluta de 6 a 12 años.
Por cada delito, se le ha impuesto una pena de 2 años, 6 meses y un día de prisión, así como una multa. Además, se le ha impuesto una multa de 6 meses por cometer un delito de actividades prohibidas a un funcionario público, según el artículo 441 del Código Penal.
Razones para la sentencia
La Audiencia Provincial de Bizkaia sostiene que las penas impuestas son proporcionales a los delitos cometidos, ya que no se ha demostrado un daño económico cuantificado, por lo que se impone la pena mínima. El tribunal busca proteger la imparcialidad en el desempeño de las funciones públicas por parte de las autoridades y los empleados, tal como lo establece el artículo 103 de la Constitución Española, que indica que la Administración debe servir con objetividad los intereses generales. La sentencia tiene como objetivo prevenir la posible confluencia de intereses públicos y privados que puedan afectar el desempeño de sus funciones.