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El Tribunal Supremo Resuelve la Reclamación de 4.000 Millones por la Autopista AP-7

01/02/2024

La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en una sentencia fechada el 24 de enero de 2024, desestimó en su mayoría la reclamación de 4.000 millones de euros presentada por ACESA, concesionaria de la autopista AP-7, contra el Estado español. La disputa se originó a partir de un convenio entre ACESA y la Administración General del Estado, aprobado en 2006, para modificar la AP-7 debido al aumento del tráfico y la congestión. El convenio incluía una fórmula para restablecer el equilibrio económico-financiero tras las obras de ampliación realizadas por ACESA.

Impugnación del acuerdo

Tras finalizar la concesión en 2021, el Consejo de Ministros acordó compensar a ACESA con 1.069,9 millones de euros. ACESA impugnó este acuerdo, argumentando que, según el convenio, le correspondían 5.373 millones de euros, y demandó la diferencia. La discrepancia principal radicaba en la interpretación de la fórmula de compensación relacionada con el tráfico real y de referencia. ACESA defendía que existía una garantía de tráfico en el convenio, que debería sumar al margen diferencial negativo a las inversiones realizadas.

El convenio no incluía una garantía de tráfico

El Tribunal Supremo no aceptó la interpretación de ACESA, argumentando que el convenio no incluía una garantía de tráfico ni una transferencia del riesgo de demanda. Además, estimó parcialmente la demanda de ACESA, reconociendo 32,9 millones de euros adicionales por inversiones efectuadas y aceptadas por la Administración. Sin embargo, rechazó el reclamo de ACESA de 203 millones de euros por la reducción del tráfico debido a desdoblamientos en carreteras nacionales, al no encontrar pruebas de que estos afectaran significativamente el tráfico de la AP-7.

Fallo de la sentencia

En resumen, la sentencia del Tribunal Supremo reconoció una compensación adicional para ACESA, pero rechazó la mayor parte de su reclamación, destacando la inexistencia de una garantía de tráfico en el convenio y la falta de impacto significativo de los desdoblamientos en carreteras nacionales en el tráfico de la AP-7.

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Martinez aucejo

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