Un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria dictó en una sentencia el pasado 23 de marzo en la que reconoce el derecho de una embarazada a elegir entre parto natural o cesárea.
El juez condena al sistema de sanidad canario a indemnizar a una madre con un millón de euros por prolongar un parto gemelar durante 17 horas, al considerarlo un acto de violencia obstétrica.
Según los hechos, los facultativos impusieron el parto natural a la madre, no le permitieron elegir la cesárea, pese a las dificultades que estaba presentando el parto. No respetaron el derecho a decidir el modo de concebir a sus hijos,cuyo resultado ocasionó lesiones cerebrales irreversibles a uno de ellos.
El derecho de información del paciente
En el caso, no se informó a la mujer embarazada de todas las circunstancias en las que se desarrollaba el parto, ni de los posibles riesgos que podía tener el parto natural frente a la cesárea. Por lo que dicha actuación implica una vulneración de la lex artis, que es el conjunto de reglas que determinan una actuación adecuada en el ejercicio de la profesión médica, en este caso, la obligación de información. lo que implica una "violación del derecho de información del que era titular exclusivo la mujer parturienta y de la facultad inalienable de optar por la cesárea como alternativa quirúrgica para dar a luz a sus dos bebés", según la sentencia.
Por su parte, el Servicio Canario de la Salud alegó en el juicio que la decisión final entre parto natural o cesárea corresponde al obstetra, pero la sentencia rechaza este argumento y afirma que «la decisión final no es del facultativo sino de la paciente, bajo su responsabilidad, una vez correctamente informada de su situación y de las alternativas existentes, en este caso el parto natural o la cesárea».
Indemnización de 1 millón de euros por los daños
La resolución establece una indemnización de un millón de euros más intereses para la madre, cuyo hijo nació en 2016 y tiene reconocido un grado de discapacidad del 83% y padece una afectación física, psíquica y sensorial resultado de las lesiones neurológicas recibida a causa de la hipoxia cerebral provocada a causa del parto.
Además, señala que la situación del menor condiciona igualmente por completo la vida de su madre y de su hermana gemela.