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El Parlamento Europeo refuerza los derechos humanos con un nuevo reglamento contra el trabajo forzoso

12/12/2024

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han adoptado el Reglamento (UE) 2024/3015 con el objetivo primordial de erradicar la presencia de productos fabricados mediante trabajo forzoso en el mercado de la Unión Europea (UE). Este reglamento surge como respuesta a la persistente problemática del trabajo forzoso a nivel global, reconociendo su impacto negativo en la dignidad humana, los derechos fundamentales y el desarrollo económico sostenible.

Objetivos y alcance

El reglamento establece un marco normativo que prohíbe a los operadores económicos introducir, comercializar o exportar productos que hayan sido producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso. Esta prohibición abarca todas las fases de la cadena de suministro, incluyendo extracción, cosecha, producción, fabricación y cualquier operación de elaboración o transformación relacionada.

Definiciones clave

Para una correcta aplicación del reglamento, se definen términos fundamentales como:

Obligaciones para los operadores económicos

Los operadores económicos deben implementar diligencia debida para garantizar que sus productos no estén vinculados al trabajo forzoso. Esto incluye:

Creación de una base de datos de riesgos

El reglamento prevé la creación de una base de datos de riesgos que identifica zonas geográficas y sectores productivos con alta probabilidad de involucrar trabajo forzoso. Esta base de datos se basa en información de organizaciones internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y está disponible públicamente para fomentar la transparencia y la prevención.

Mecanismos de supervisión y cumplimiento

Para asegurar la efectividad del reglamento, se establecen diversos mecanismos:

Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs)

Reconociendo las limitaciones de recursos de las PYMEs, el reglamento incluye medidas de apoyo como directrices específicas, puntos de contacto designados y sesiones de formación para facilitar el cumplimiento sin imponer cargas administrativas excesivas.

Protección de Denunciantes y Cooperación Internacional

El reglamento garantiza la protección de denunciantes, permitiendo a cualquier persona informar sobre posibles infracciones sin temor a represalias, conforme a la Directiva (UE) 2019/1937. Además, fomenta la cooperación internacional con terceros países y organizaciones globales para fortalecer la lucha contra el trabajo forzoso en las cadenas de suministro globales.

Procedimientos de Investigación y Decisión

Las autoridades competentes principales llevan a cabo investigaciones basadas en la información recibida y determinan si existe una infracción del reglamento. En caso afirmativo, emiten decisiones que prohíben la introducción y comercialización de los productos afectados, exigiendo su retirada del mercado o eliminación conforme a las disposiciones establecidas.

Evaluación y Revisión

La Comisión Europea está obligada a realizar evaluaciones periódicas del reglamento para medir su efectividad y proponer modificaciones si es necesario. Estas evaluaciones consideran el impacto en las empresas, especialmente en las PYMEs, y la eficacia en la eliminación del trabajo forzoso del mercado de la UE.

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Martinez aucejo

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